Apelan fallo deja en libertad regidor Ericsson de los Santos Solis

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Santo Domingo, RD.-Los abogados  que llevan el proceso de varios asesinato por encargo depositaron este viernes ante la secretaria de la Cuarta Sala Penal de la Cámara Penal del Distrito Nacional, un recurso de apelación en contra de la sentencia de Hábeas Corpus a favor regidor de Pedro Brand, Ericsson de los Santos Solis, alias Ney, quien está acusado de encabezar una red de sicarios que mató  al menos siete personas.

La sentencia fue dictada por la suspendida jueza Awilda Reyes, quien declaró la prisión como “arbitraria e ilegal” y ordenó la libertad del edil.

El abogado de los querellantes, David Ruiz Jiménez, indicó que el fallo de la magistrada Reyes, no solo es insostenible desde el punto de vista jurídico, sino que es inamisible, porque no procedía la acción constitucional de Hábeas Corpus, a favor del imputado, por ser ilegítima.

Dijo que tiene la seguridad y la certeza de que la Cámara de Apelación del Distrito Nacional en el momento que se aboque a conocer el recurso de apelación elevado tanto por el Ministerio Público, así como por las víctimas querellantes civiles, revocará dicha sentencia debido a que no se corresponde con una sana, correcta, transparente y justa administración de justicia.

Ruiz Jiménez recordó que desde hace tiempo venían denunciando la trama y un plan que contaban con el patrocinio de altos sectores políticos y económicos del país, que pretendían violar las leyes y la Constitución de la República, para buscar viabilizar la libertad de quien es señalado conforme a las pruebas que han aportados las investigaciones, de ser el gerente corporativo de toda una empresa y estructura criminal de sicariato con ribete político que le ha costado la vida a decenas de personas.

En tanto que Dionicio Rodríguez, otro de los abogados defensores,  dijo estar convencido de que la Corte de Apelación va a revocar el dictamen de la magistrada Reyes a favor del imputado De los Santo Solis, porque sería un mal precedente de que un recurso constitucional de Hábeas Corpus y bajo la actitud de arbitrariedad de la magistrada suspendida pueda operar, cuando el imputado tenía una vía abierta, como era el recurso de revisión y, que además, renunció a varios incidentes en término procesal que el mismo había patrocinado.

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