¡Ora pro nobis, domine! La contaminación urbana se torna insostenible en República Dominicana

Por: Claudia Fernández

Al paso que vamos, nos convertimos en una sociedad de ¡puros vegetales! Esa gran nube de polvo, residuos, malos olores, ruido ensordecedor, elementos que provocan alergias, todos en el ambiente citadino de este territorio singular, nos va dejando, poco a poco, sordos, ciegos, sin olfato, sin sensibilidad y quizá en un momento dado, vamos a quedar mudos por la imposibilidad de una buena comunicación ante el embate de este enemigo silente y otras veces no tan silencioso, amén de las enfermedades que provoca este tipo de contaminación.

La vida en las ciudades de República Dominicana se torna insostenible y lo peor, nos hemos acostumbrado a esta situación. El crecimiento desmedido de los núcleos urbanos, producto de la migración interna y otros factores colaterales, coloca al país en medio de una vorágine que se traga de manera imperceptible los cinco sentidos.

Pero también conlleva a riesgos impensables que inciden en la salud y la calidad de vida de la población más vulnerable, lo que nos coloca entre los territorios más insalubres de América Latina, debido a la cantidad de emisiones nocivas, que van desde el exceso de ruido a toda hora y por todos los flancos, las industriales, mala administración de desechos sólidos, sin dejar de lado, claro está, la polución olfativa producto de acumulación de basura, aguas negras residuales, entre otras. ¿Qué hacemos al respecto? Absolutamente nada.

“Si el entorno no es adecuado, tampoco lo serán la biología humana, los estilos de vida y el sistema organizativo de la atención de salud”. Así comienza la introducción del Boletín No 8, de Estadísticas Ambientales, de la Oficina Nacional de Estadística (ONE), del mes de junio de 2024, titulado “Perspectiva sobre salud ambiental: condiciones del aire, agua y suelo.

La publicación de la ONE entiende como alteración a la salud ambiental, “toda acción de introducir sustancias que alteran perjudicialmente las características del entorno” e indica que esto se ha convertido en uno de los problemas más críticos y graves que enfrenta el planeta en general y República Dominicana en particular por su condición de isla.

La salud ambiental se ve influenciada por factores físicos, químicos, biológicos, sociales y psicosociales, que afectan directamente la salud de las actuales y futuras generaciones.

Una segunda pandemia: la contaminación urbana y el ruido como principal virus sospechoso

El sitio web Kunakair.com/es, dedicado a la defensa del medio ambiente, define la contaminación urbana como “la presencia de sustancias o formas de energía (el ruido, por ejemplo) que pueden generar riesgos o molestias sobre los seres vivos o elementos materiales, que afecta a todas las ciudades del mundo por igual, por el crecimiento de las urbes y las actividades industriales que mueven la economía, afectando la salud mental, física, social, es decir, la alteración de la salud ambiental”, lo cierto es que no vamos por buen camino.

El boletín de junio de 2024 de la ONE, advierte que, “se entiende como alteración a la salud ambiental, toda acción de introducir sustancias que alteran perjudicialmente las características del entorno”, estamos en un punto crítico y crucial. Esto se ha convertido en uno de los problemas más críticos y graves que enfrenta el planeta del que formamos parte.

Otro boletín de la entidad antes mencionada, esta vez el No 5 de diciembre de 2022, que trata sobre asentamientos humanos y salud ambiental, pone el dedo en la llaga, cuando advierte: “Los asentamientos humanos son el entorno donde habitan y trabajan las personas, sin importar la zona donde se encuentren. Con el paso del tiempo la expansión demográfica, y la falta de aplicación de un Plan de Ordenamiento Territorial que dicte las pautas para el uso del territorio, ha provocado la ocurrencia de asentamientos humanos irregulares, en los cuales suele existir limitación en los servicios públicos como agua potable, saneamiento, energía eléctrica, sistema de transporte público, recogida de basura, entre otros”.

Contaminación acústica, segunda causa de trastornos de salud a nivel mundial; otro problema a resolver

La exposición prolongada al ruido puede afectar de distinta forma y manera la salud, produciendo molestias, trastornos del sueño, efectos perjudiciales en los sistemas cardiovascular y metabólico, y deficiencias cognitivas en los niños.

Los datos actuales permiten deducir que el ruido ambiental es una de las causas que provocan 48 mil nuevos casos de cardiopatía isquémica al año, así como 12 mil muertes prematuras. También se calcula que 22 millones de personas sufren molestias crónicas importantes y que 6,5 millones de personas padecen alteraciones del sueño graves y crónicas. Esto es parte de un informe de la Organización Mundial de la Salud (OMS) de 2021.

Muchas personas no se dan cuenta de que la contaminación acústica es un problema grave que afecta a la salud de todos los seres humanos. Si bien es cierto que la contaminación atmosférica causa muchas más muertes prematuras que la acústica, parece que el ruido afecta en mayor medida a los indicadores sobre la calidad de vida y la salud mental.

De hecho, según datos de la OMS, “el ruido es la segunda causa ambiental de problemas de salud, justo por detrás de la contaminación atmosférica”.

Acabo de entender el verdadero significado del denominado género o música urbana. Hoy por hoy, constituye uno de los principales elementos que degradan progresivamente la salud mental de los dominicanos.

El acoso del género urbano influencia en el aumento de la violencia

Letras indecentes, que promueven el consumo de drogas, la violencia, la degeneración social y la infra y subcultura de valores, no dejan descanso a miles, cientos de miles de personas que deben soportar de manera continua e involuntaria, a cualquier hora del día, la noche y la madrugada, el embate de bocinas a todo dar, promoviendo e influyendo de manera negativa los entornos habitables en cualquier lugar y rincón del país.

Entonces, tenemos una serie muy variada y especial de contaminación, que degenera y atrasa las condiciones y calidad de vida. ¿Qué espera a las futuras generaciones? ¿Y las que están en declive, que necesitan un merecido descanso después de años de duro trajinar? El derecho a la paz y la tranquilidad ciudadana, ha sido conculcado, deshecho y estrujado.

No queda más que hacer el ruego católico del “ora pro nobis, domine”, ten piedad de nosotros, Señor de los cielos y la tierra, y líbranos del mal. Así sea.

Pero el ruido no solamente proviene de los altavoces, bocinas, iglesias protestantes, que no dan pie ni tregua al descanso diario. Todo el mundo tiene un as bajo la manga cuando de interrumpir la tranquilidad del ciudadano común y corriente se trata. No, este tipo de polución ambiental se refleja en el ruido bajo de las industrias localizadas en medio de conglomerados o asentamientos humanos numerosos.

Eleuterio Martínez, ingeniero forestal y ambientalista de toda la vida, pasado presidente de la Academia de Ciencias de la República Dominicana, forjador de la Ley 64-00 General de Medio Ambiente y Recursos Naturales, opina respecto de la contaminación acústica, “en eso sí es verdad que tenemos serios problemas. El ruido excesivo es un problema grave que tenemos”. Los lugares donde se han instalado complejos de zonas francas, contaminan el aire y provocan disfunciones auditivas severas, y de los “musicones”, ni hablar. “Nos están arruinando la vida”, afirma.

¡Ofrézcome! Virgen Santísima, todo por una bocina

Ahora, para poner la tapa al pomo, aumentar el nivel de estrés e intranquilidad ciudadana, el Tribunal Constitucional despacha una sentencia, que puede provocar la muerte, debidamente anunciada, de los habitantes de este país, para favorecer un derecho establecido en la Constitución, que ha desatado el avispero ambiental nacional. El derecho a la propiedad, consagrado en la Constitución.

Vamos como el cangrejo, siete pasos adelante, y diez pasitos hacia atrás. Esta nueva jurisprudencia, si así podría llamarse, penosa y anárquica, protege el derecho de unos cuantos, contra los millones de habitantes del país, que sufren diariamente, el permanente acoso auditivo.

El tribunal, mediante sentencia TC/0434/24 decide prohibir, de manera terminante, la incautación de bocinas, equipos de música y sonido por pate de la Policía Nacional, el Ministerio Público y el Ministerio Público Especializado de Protección al Medio Ambiente, “si no existe una orden judicial motivada”.

Es decir, antepone el derecho de propiedad de un bien mueble a la seguridad de la salud y seguridad mental nacional, por tecnicismos jurídicos y rivalidades entre tribunales. La supremacía constitucional se antepone al bienestar nacional.

Este precedente marca un antes y un después para el incremento de todo tipo de enfermedades mentales. Un aplauso al revés del Tribunal Constitucional.

Con los “honorables miembros” debería iniciarse la campaña de educación ambiental, porque al parecer, ignoran los derechos de las personas en favor de ciertos intereses no muy claros. Al parecer, el ruido ha afectado a los miembros del Tribunal Constitucional, y perdonen.

Al margen de la ley

Ciertamente, muchas veces, las autoridades del orden y el Ministerio Público, actúan medalaganariamente al hacer decomisos, incautaciones y retenciones de bienes tangibles e intangibles, muebles e inmuebles, pero emitir una sentencia en la que prevalece la propiedad, antes que la paz social, es inaudito.

Pero que este tribunal se decante por la salvaguarda de un bien mueble, como una bocina, adquirida de manera legal para molestar a los demás, pone a pensar en la eficacia y eficiencia de las máximas autoridades de un Poder Judicial, que, desde hace mucho tiempo, se ha mostrado ineficiente en la impartición de una justicia imparcial. La diosa Temis, la de la balanza, debe estar renegando de su misión en estos momentos.

Lecturas diferentes ante una decisión judicial en el entorno ambiental

La susodicha sentencia del Tribunal Constitucional ha generado diversas reacciones en el ámbito ambientalista. Panorama decidió entrevistar a dos de sus mejores exponentes en torno al tema, Eleuterio Martínez y Luis (Cucho) Carvajal, quienes presentan sus consideraciones al respecto.

Eleuterio Martínez se muestra “sorprendido, casi anonadado, con la ligereza de los argumentos con que se justifica que la Procuraduría debe dejar de cumplir con el mandato soberano que le corresponde por ley, que es, justamente, en el caso que nos ocupa, el control de los ruidos nocivos contra la ciudadanía”.

Considera una agresión mayor a la población la decisión judicial, ya que “el ruido hace imposible el descanso de las familias en todo el entorno donde se produce y, en este caso, para cumplir con su deber, la Policía Nacional haya tratado de corregir el problema y entonces, el recurrente, Francisco José Herrera del Orbe, recurra a este alto tribunal alegando violación a su derecho de propiedad”.

En tanto, Cucho Carvajal, se muestra de acuerdo con la citada sentencia, por entender que, “obliga a las autoridades actuantes, a llevar el debido proceso reglamentario”.

Expresa que las leyes 64-00, 87-04 y la 90-19, “establecen la facultad, dan el mandato incluso para decomisar e incautar los objetos, instrumentos, artefactos, empleados para provocar el daño, en este caso el ruido, esto lo plantea en el marco de la competencia administrativa y que el tribunal ratifique”.

Carvajal cree que, en el caso de referencia, la decisión judicial “ha sido mal interpretada en los medios, y peor tratada todavía por las autoridades cuando han establecido que esto sienta una jurisprudencia que les prohíbe incautar, pero las incautaciones fuera del marco legal han estado prohibidas siempre”.

Este hecho sienta un precedente para que las autoridades encargadas de la protección y cuidado del medio ambiente, se ciñan a las normativas establecidas por la legislación, y dejen de actuar por cuenta propia, según el ambientalista Carvajal.

Sin embargo, Eleuterio Martínez tiene otra opinión, “esta sentencia sienta un precedente funesto contra la sociedad, ya que las disposiciones emanadas de este tribunal, son irrevocables, irrecurribles, indica que tienen un sustento, un carácter de legalidad a un ilícito al que se le está dando un soporte constitucional”.

 Y finalmente, agrega: “Esto es ¡sorprendente, sorprendente! Sobre todo, por el precedente que se sienta”.

De una cosa sí estamos seguros y es que la realidad, vista desde la óptica del dominicano común y corriente, que no entiende ni le interesan los recovecos y tecnicismos jurídico-legales, el que quiera hacer “bulla” tiene el camino abierto. ¡Rompan filas y viva el jefe, que la fiesta del ruido va a continuar como el wiski aquel, campante y sonante, a todo dar!  Dios se apiade de esta sociedad. ¡Ora pro nobis, domine! (ten piedad de nosotros) Y guárdanos en tu santo seno de todo este mal que nos circunda con todo tipo de contaminación ambiental.