Senado aprueba proyecto de ley que sanciona choferes transporten personas sin autorización

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La iniciativa de ley persigue regular los Estados de Excepción

Santo Domingo, RD. –El Senado de la República aprobó en segunda lectura con modificaciones el proyecto de ley que modifica la regulación de los Estados de Excepción contemplados por la Constitución de la República Dominicana.

Esta iniciativa es de la autoría del senador por San Juan, Félix Bautista, quien solicitó al pleno senatorial que fuera conocida en segunda lectura.

Al motivar su aprobación  sostuvo que “esta ley trata de contener las violaciones a los toques de queda y debe ser modificada, debido a que estás sanciones solo estaban amparadas en las leyes vigente del Ministerio de Salud, pero no especifica el tipo de sanciones que se debe hacer a los ciudadanos”, señaló el congresista.

El artículo 32 señala las sanciones establecidas por las leyes vigentes.

El incumplimiento o resistencia de las órdenes emanadas de las autoridades competentes en los Estados de Excepción será sancionado de la manera siguiente:

1) Las personas que violaren las disposiciones que establezcan restricciones a la libertad de tránsito ordenada en virtud del literal h) del artículo 266 de la Constitución y del numeral 8 del artículo 11 de la presente ley, serán sancionadas con las siguientes multas:

  1. a) Los choferes de autobuses que transporten personas sin autorización serán sancionados con multa de dos a seis salarios mínimos.
  2. b) Los propietarios de autobuses que transporte personas sin autorización serán sancionados con multas de cinco a diez salarios mínimos.
  3. c) Los choferes de vehículo de carga que se desplacen sin autorización serán sancionados con multas de dos a seis salarios mínimos.
  4. d) Los propietarios de vehículo de carga, que se desplacen sin autorización, serán sancionados con multas de cinco a diez salarios mínimos del sector público. Los reincidentes podrán ser condenados al doble de estas penas.
  5. e) Los choferes que se desplacen en carros públicos sin autorización serán sancionados con multas de medio a tres salarios mínimos del
  6. f) Los propietarios de carros públicos que se desplacen sin autorización serán sancionados con multas de a seis salarios mínimos del sector público.
  7. i) Las personas que se desplacen en motocicletas sin autorización serán sancionadas con multas de medio a dos salarios mil-limos del sector público o trabajo de utilidad pública.

Las personas que sean sorprendidas consumiendo alcohol en la calle, colmados, colmadones, tiendas de bebidas alcohólicas, entre otros, serán sancionadas con multas del cincuenta por ciento a cinco salarios mínimos del sector público. Los reincidentes podrán ser condenados al doble de estas penas.

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