Se revelan planes ocultos del PLD en su oposición a Fideicomiso Público

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Por Alfredo Veloz

Coincidiendo con la oposición radical del Partido de la Liberación Dominicana a la aprobación del proyecto de Ley de Fideicomiso Público, se ha ocultado una trama para perjudicar al Gobierno del presidente Luis Abinader, primero intentando abortar sus planes para el desarrollo de Pedernales, luego echarle la culpa de las penurias de sus pobladores y, finalmente, para sacar ventajas políticas.

Con semejante y develada mala intención, la vida de tanta gente del Sur que ha esperado durante décadas ser liberada de sus miserias parece importar poco en el seno de esa formación política.

Sabiendo que a los pedernalenses se les aproxima un momento clave de su historia para lograr un salto hacia su progreso definitivo, la cúpula peledeísta y sus legisladores se han movido sin piedad para hacer fracasar este empujón social y económico y arrastrar al mandatario hasta el fracaso.

También se ha escondido un marcado interés en frustrar esta herramienta de desarrollo, estrictamente regulada y fundamentada con sólidos controles para proteger los bienes e intereses generales del Estado, con la intención de que sobreviva el caos y perduren las artimañas.

Sin embargo, ninguno de estos valores de protección y defensa del bien público está establecido en aquellos fideicomisos creados por los gobiernos del PLD, lo que dejaba puertas abiertas para la comisión de actos pecaminosos al patrimonio público.

Curvando los hechos desde principio hasta el fin, y aun ya aprobada la pieza por la Cámara de Diputados, legisladores y el liderato del partido morado siguen aferrados a una campaña de descrédito contra la legislación.

Primero trataron de demonizar el proyecto, pero el problema se les torna difícil y complicado ahora al tener que enfrentarse al hecho de que fueron sus gobiernos los autores de los fideicomisos públicos y otorgaron el aval legal y su legitimidad, solo que no estaban blindados y ahora sí están revestidos de ese caparazón estructural y legal.

El primer fideicomiso público del Gobierno de Medina fue creado para la Operación, Mantenimiento y la Expansión de la Red Vial Principal de la República Dominicana, cuyo contrato fue suscrito el 18 de octubre de 2013.

También, el de Viviendas a Bajo Costo República Dominicana (VBC RD), el primer proyecto de viviendas construido en alianza público-privada, con duración de 20 años, suscrito el 3 de octubre de 2014.

Asimismo, el de Administración de Flujos de Plan de Viviendas de la Policía Nacional; el Parqueat-RD; el de Movilidad y Transporte (Fimovit) y el de Administración y Garantía del Instituto Superior de Formación Docente Salomé Ureña.

Todos eran aplaudidos y festejados entonces por los opositores de turno a este recurso, pero ahora, cuando al frente del Gobierno está el Partido Revolucionario Moderno, el PLD da un viraje y contradice el valor que imprimió a los fideicomisos públicos.

Suficiente es recordar al peledeísta Juan Ariel Jiménez, cuando dijo que la aprobación del proyecto de fideicomiso constituye “un retroceso a la transparencia y la institucionalidad”, una incoherencia que tiene profundas motivaciones políticas.

Ahora, con el giro logrado con la aprobación de esta herramienta, el fideicomiso público no se usará como vía frecuente para ejecutar los proyectos de inversión pública, ya que no fue creado para reemplazar estructuras de gobierno existentes.

Su función, en cada paso, deberá justificarse a través de estudios de viabilidad para gestionar o ejecutar obras y proyectos de infraestructura o servicios de interés colectivo y su constitución deberá estar precedida por un decreto presidencial.

Otra cosa de lo que no contaban los fideicomisos de la era peledeísta y que parece no quiere el PLD, es que en este proyecto se establece que su regulación y supervisión estará a cargo de la Superintendencia de Bancos, que garantiza la transparencia e institucionalidad de la gestión de este modelo.

Además, en lo adelante, para la constitución de un fideicomiso público se necesitará de la aprobación del Congreso cuando éstos conlleven la enajenación de bienes inmuebles, afectación de rentas nacionales, levantamiento de empréstitos o exenciones de impuestos y la transferencia de bienes públicos al patrimonio fideicomitido.

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