INTRANT prohíbe circulación de vehículos de carga durante Semana Santa

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La medida tiene como propósito prevenir los accidentes de tránsito

Santo Domingo, RD. – El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT), anunció este jueves que estará prohibida la circulación de transporte de carga en el territorio nacional, incluidos los permisos otorgados por el piloto para la Zona de Acceso Restringido (ZAR), durante el feriado de Semana Santa.

El aviso establece que la restricción de circulación de vehículos pesados se llevará a cabo desde el jueves Santo, 14 de abril, a partir de las 6:00 de la mañana, hasta el lunes 18 a las 5:00 de la mañana.

El INTRANT informó que los vehículos de carga que quedan exceptuados de la medida son las camionetas, furgonetas, ambulancias, vehículos de emergencias y aquellos de servicio de agua en cisterna, electricidad, cable, telefonía, sanitario, de mantenimiento, asistencia vial y de higiene urbana.

Una nota explica que los permisos solo serán otorgados a camiones de no más de una cola que acarren productos de primera necesidad como combustible, agua, abastecimiento de alimentos y medicamentos; además de equipos médicos, desechos hospitalarios, cal viva para generación eléctrica, envases y papeles desechables, transporte de valores y organización de eventos.

Asimismo, el comunicado indica que los interesados en obtener los permisos pueden hacerlo desde el jueves 17 de marzo hasta el martes 12 de abril a las 3: 00 p.m. a través de la página web www.intrant.gob.do, donde, además, podrán efectuar el pago en línea y recibir el permiso oficial con protección QR para la fiscalización correspondiente.

El director ejecutivo del INTRANT, Rafael Arias, recomendó que los servicios de transporte que no se encuentren dentro de los renglones autorizados para solicitar el permiso, deben realizar su distribución antes de los días de la prohibición establecida.

La medida establecida para el asueto de la Semana Mayor tiene como propósito prevenir los accidentes de tránsito por el aumento de los desplazamientos hacia los distintos destinos del país, por lo que además se recomienda que los vehículos de carga no excedan la velocidad máxima de 70 kilómetros por hora en carreteras troncales, mantener el carril de la derecha, tal como lo establece la Ley 63-17 y el reglamento 258-20 que regula esa modalidad de transporte.

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