Gobernador BC advierte sobre activos virtuales Bitcoin, Litecoin y Ethereum

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Santo Domingo, RD.-El gobernador del Banco Central de la República Dominicana (BCRD), Héctor Valdez Albizu, advirtió este miércoles que “los activos virtuales como Bitcoin, Litecoin, Ethereum, entre otros, no cuentan con el respaldo de esa entidad y, por lo tanto, no gozan de la protección legal que otorga el marco jurídico de la República Dominicana”.

Valdez Albizu hizo esa afirmación en su discurso de inauguración del foro “Modernas amenazas a la seguridad: ciberseguridad, comercio ilícito y falsificación de medicamentos, organizado por la Cámara Británica de Comercio de la República Dominicana (Britcham).

Estos activos virtuales reflejados en muchos medios de comunicación no pueden ser considerados como divisas extranjeras bajo el régimen cambiario, “puesto que no son emitidos ni se encuentran bajo el control de ningún otro banco central extranjero, razón por la cual no reciben las garantías ni seguridad que ofrece la intermediación cambiaria ni la libre convertibilidad consagradas en los artículos 28 y 29 de la Ley Monetaria y Financiera”, indicó Valdez Albizu.

Valdez Albizu aprovechó para dar la primicia de que la Junta Monetaria, en su sesión del jueves 22 de los corrientes, instruyó al BCRD, entre otras medidas, a publicar y dar difusión por todos los medios, a un aviso advirtiendo a los agentes económicos, al público en general  y  a las entidades financieras, sobre los riegos asociados al uso de activos virtuales como medio de inversión o de pago en la República Dominicana.

Hablando ante Su Excelencia Chris Campbell, honorable embajador de Su Majestad del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, y José A. Rodríguez, presidente de la Britcham, el gobernador del BC recordó que la Constitución de la República Dominicana, en sus artículos 228 hasta el 230, consagra al Peso Dominicano como la unidad monetaria nacional.

Señaló que, asimismo, designa al BCRD como único emisor de los billetes y monedas en circulación, y establece la fuerza liberatoria del Peso Dominicano, atribuyéndole plenos efectos liberatorios para todas las obligaciones públicas y privadas en todo el territorio nacional, como también se establece en el artículo 24 de la Ley Monetaria y Financiera N° 183-02 del 21 de noviembre de 2002.

En tal virtud, Valdez Albizu apuntó que “los activos virtuales mencionados no son una moneda de curso legal y, por sí mismos, no poseen fuerza liberatoria, por lo que no puede ser garantizado su uso como medio de pago en nuestra economía, ni ninguna persona está en la obligación de aceptarlos como medio de pago de bienes o servicios prestados”.

Con esta aclaración, el gobernador del BC trata de que se disipen y eviten las confusiones entre los usuarios del sistema financiero y la ciudadanía en general, sobre cualquier operación que se pretenda realizar utilizando este esquema.

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